SANTO DOMINGO, D.N. — El proyecto legislativo que regula los juegos de azar en la República Dominicana, ya aprobado por la Cámara de Diputados, incorpora un mecanismo de protección sin precedentes para la niñez y la juventud. La norma obliga a que cada operador de apuestas en línea confirme la identidad y la mayoría de edad de sus usuarios, consultando de forma directa la base de datos de la Junta Central Electoral antes de autorizar cualquier depósito o jugada.
Conforme al artículo 82, se suprime el método anterior, en el cual bastaba con marcar una casilla declarativa para acceder a un sitio de apuestas, y se reemplaza por una verificación que cruza datos biométricos y del registro civil con la fuente oficial del Estado.
El alcance de la protección se extiende también a los espacios físicos y a los establecimientos comerciales mediante un conjunto de prohibiciones estrictas: el artículo 27 establece de manera tajante la prohibición de ingreso de menores a salas de juego, mientras que el artículo 28 impone la exigencia de presentar un documento de identidad oficial en la entrada del local.
El artículo 70 prohíbe expresamente la colocación de máquinas tragamonedas en locales de ocio, bodegas o establecimientos de alimentos y bebidas a los que puedan acceder menores, señalando específicamente a los colmados. Asimismo, el artículo 37 veta cualquier campaña publicitaria dirigida a menores o que utilice recursos visuales y narrativos atractivos para este público vulnerable.
La diferencia más relevante respecto a la normativa actual radica en la severidad de las sanciones. Según el artículo 44, la falta de controles efectivos para impedir la participación de menores constituye una causal directa para la cancelación o revocación de la licencia. Bajo este nuevo marco, el operador que no garantice la protección de los menores no solo afrontará multas, sino la pérdida definitiva del permiso para operar en el país.


