Santo Domingo – En el arbitraje internacional que se había abierto contra la República Dominicana por Yves Martine Garnier bajo el Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones firmado el 14 de enero de 1999 entre Francia y República Dominicana, el tribunal emitió un laudo el 19 de agosto de 2026 totalmente a favor del Estado, rechazando todas las pretensiones del demandante, que superaban los US$100 millones, equivalentes a más de 5,882 millones de pesos al tipo de cambio vigente.
El proceso, que se activó el 4 de octubre de 2021 conforme al artículo 7 del citado convenio y fue administrado por la Corte Permanente de Arbitraje bajo el expediente número 2022‑01, se originó a raíz de la rescisión del contrato de concesión para la gestión y recolección de residuos sólidos suscrito entre EGTT Dominicana, S.A., empresa del actor, y el Ayuntamiento del municipio de Santo Domingo Este.
El panel arbitral concluyó que la finalización del contrato de concesión resultó legítima bajo la normativa dominicana, debido a las carencias de EGTT Dominicana en la prestación del servicio, y consideró que los argumentos presentados por el demandante no alcanzaban el umbral necesario para constituir una violación de las obligaciones internacionales que el Estado dominicano asumió en el marco del tratado.
«La defensa del Estado no es únicamente la defensa del erario: es la defensa de la seriedad con la que este país honra sus compromisos. La República Dominicana cumple sus obligaciones frente a los inversionistas extranjeros y, precisamente por ello, sostiene con firmeza sus posiciones cuando una reclamación carece de fundamento», expresó el ministro de Industria, Comercio y Mipymes, Yayo Sanz Lovatón.
La estrategia defensiva del país fue inicialmente liderada por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, en conjunto con la autoridad municipal de Santo Domingo Este; posteriormente, el Ministerio de Justicia se incorporó, dado que, conforme a la Ley número 80‑25, tiene la responsabilidad de representar al Estado en los procedimientos de arbitraje de inversión. Para la defensa, el gobierno contó con el apoyo de la firma internacional Foley Hoag LLP, a través de su oficina en Washington, D.C.
Este fallo se alinea con la política de defensa proactiva que el Estado dominicano mantiene en materia de arbitrajes de inversión, cuyo objetivo es salvaguardar los recursos públicos y garantizar un entorno de seguridad jurídica que favorezca la atracción de capital extranjero.


