Desde el 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes clasificados como Grandes Locales y Medianos tendrán que generar sus comprobantes fiscales exclusivamente en formato electrónico, empleando series del tipo “E”, según informó la Dirección General de Impuestos Internos.
La misma institución precisó que los números de serie no electrónicos, tipo “B”, previamente asignados a estos contribuyentes, perderán validez a partir del 31 de octubre de 2026.
Esta obligación se fundamenta en lo establecido por el artículo 55 del reglamento que regula la facturación electrónica en el país.
Transcurrida esa fecha, el uso de comprobantes no electrónicos quedará restringido a casos excepcionales de contingencia, tal como lo determina el capítulo IX del citado reglamento.
La DGII señaló que la facturación electrónica busca acelerar los procesos de emisión y recepción de facturas, reducir los costos administrativos y fortalecer los mecanismos de control y cumplimiento tributario.
Para apoyar la transición, la entidad puso a disposición una red de 195 proveedores de servicios autorizados, los cuales ofrecen distintas soluciones tecnológicas.
Los obligados en estas categorías deberán adaptar sus sistemas de facturación antes del plazo establecido, con el fin de cumplir con la normativa y evitar inconvenientes al emitir sus comprobantes fiscales.


